Resolución N° 724/16/0112
Nro de Expediente:
2016-3220-98-000049
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/10/2016


Tema:
MULTA MESAS Y SILLAS

Resumen:
Aplicar una multa de UR 13,5 (1º reincidencia) a la empresa MALABARES SRL, RUT 100685840014, sita en Aquiles Lanza Nº 1201.

Montevideo, 12 de Octubre de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a gastronomía, sito en la calle Aquiles Lanza No. 1201, perteneciente a la empresa razón social MALABARES SRL, R.U.T. 100685840014, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en relevamiento realizado por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1, se pudo comprobar la ocupación de espacio público con mesas y sillas con mayor superficie que la autorizada por Resolución Nº 83/16/0112, intimándosele a presentar en un plazo de 10 (diez) días en el mencionado Servicio, la presentación de los descargos correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 7,50 por ocupación de espacio público y otra de U.R. 6.00 por metros cuadrados ocupados con mesas y sillas en la vía pública (1º reincidencia), por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 32.082, 21.626 y Art. D.2346.10 del Digesto Departamental;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL B
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 7,50 (Unidades Reajustables siete con cincuenta centésimos) y otra de U.R. 6.00 (Unidades Reajustables seis con cero centésimos), total U.R. 13,50 (Unidades Reajustables trece con cincuenta centésimos) a la empresa razón social MALABARES SRL, R.U.T. 100685840014, responsable del establecimiento destinado a gastronomía, sito en la calle Aquiles Lanza No. 1201, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 a efectos de notificar al infractor.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Eduardo Ulloa,Concejal Municipal