Resolución N° 289/20/0112
Nro de Expediente:
2019-3220-98-000252
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/8/2020


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a la COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL FONDO SOCIAL DE VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DE LA ESTIBA C.A.F.E., RUT 215 006 830 014

Montevideo, 7 de Agosto de 2020.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle RECONQUISTA Nº 365 UNIDAD 402;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que: a) se intimó a la COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL FONDO SOCIAL DE VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DE LA ESTIBA C.A.F.E., RUT 215 006 830 014, en calidad de propietario del inmueble sito en la calle RECONQUISTA Nº 365 UNIDAD 502, padrón 3974/502, a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca sita en la calle RECONQUISTA Nº 365 UNIDAD 402, b) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    2º) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a la COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL FONDO SOCIAL DE VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DE LA ESTIBA C.A.F.E., RUT 215 006 830 014, en calidad de propietario del inmueble sito en la calle RECONQUISTA Nº 365 UNIDAD 502, con domicilio a efectos legales en la calle TREINTA Y TRES Nº 1254, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.
Carlos Varela,Alcalde.-

Soledad Martinez,Concejala Municipal