Resolución N° 185/24/0112 | Nro de Expediente:
2022-0012-98-000443 |
MUNICIPIO B - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
8/5/2024 |
Tema:
CONVENIOS
Resumen:
Ampliar la Resolución Nº 443/22/0112, de fecha 6 de diciembre de 2022, en la que se aprueba el convenio a suscribirse entre el Municipio B y el Instituto Nacional de Cooperativismo (INACOOP) por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
Montevideo, 8 de Mayo de 2024.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el convenio suscrito con el Instituto Nacional de Cooperativismo (INACOOP);
RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 443/23/0112, de fecha 6 de diciembre de 2022 se aprobó el convenio a suscribirse entre el Municipio B y el Instituto Nacional de Cooperativismo (INACOOP);
2º) que se omitió detallar los componentes de cada pago a ser realizados, por lo que en el RESUELVE en el punto CUARTO: OBLIGACIONES DE LAS PARTES.1) donde dice "El Municipio B se obliga a transferir a la cuenta bancaria de INACOOP radicada en el Banco BROU, cuenta corriente en pesos uruguayos número CC 001566880-00012, la cantidad de $ 3.058.663 (pesos uruguayos tres millones cincuenta y ocho mil seiscientos sesenta y tres). Dicho monto comprende: a) costos salariales los que ajustaran de acuerdo a los laudos del consejo de salarios correspondiente al grupo 19 subgrupo 6,1 franja 1A y b) costos no salariales: insumos, capitalización de la cooperativa, gestoría y costos de administración correspondientes a INACOOP. La forma de pago será la siguiente: i) con la firma del presente convenio se abonará la suma de $ 1.104.985 (pesos uruguayos un millón ciento cuatro mil novecientos ochenta y cinco) por concepto de partida inicial y ii) 2 (dos) cuotas de $ 976.839 (pesos uruguayos novecientos setenta y seis mil ochocientos treinta y nueve) pagaderos en forma cuatrimestral." debe incluir el siguiente desglose: "Monto total del convenio $ 3.058.663 (pesos tres millones cincuenta y ocho mil seiscientos sesenta y tres), pagaderos en 3 cuotas cuatrimestrales adelantadas. Primera cuota de $ 1.104.985 ( pesos un millón ciento cuatro mil novecientos ochenta y cinco) compuesto por: Componentes salariales por un total de $870.081 (pesos ochocientos setenta mil ochenta y uno), partida inicial de $ 124.412 ( pesos ciento venticuatro mil cuatrocientos doce), componentes no salariales de $ 110.492 ( pesos ciento diez mil cuatrocientos noventa y dos). Segunda y tercera cuota de $ 976.839 (pesos novecientos setenta y seis mil ochocientos treinta y nueve), cada una compuesta por: Componente salarial por un total de $ 870.081 (ochocientos setenta mil ochenta y uno), componentes no salariales de $ 106.758 (pesos ciento seis mil setecientos cincuenta y ocho). El componente salarial se ajusta de acuerdo a los laudos del consejo de salarios correspondientes al grupo 19, subgrupo 6.1 franja 1A. Los costos no salariales: insumos, capitalización de la cooperativa, costos de administración correspondiente a INACOOP y partida inicial, se ajustan según la variación del IPC." y mantener firmes en todos los demás términos la resolución;
CONSIDERANDO: 1º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
2º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
RESUELVE: 1. Ampliar la Resolución Nº 443/22/0112, de fecha 6 de diciembre de 2022, en la que se aprueba el convenio a suscribirse entre el Municipio B y el Instituto Nacional de Cooperativismo (INACOOP) por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, Divisiones Comunicación y Políticas Sociales, Asesoría Jurídica, Servicios de Escribanía, Centro Comunal Zonal Nº 1, Centro Comunal Zonal Nº 2, Unidad Central de Presupuesto, Oficina de Gestión Presupuestal del Municipio B, y a la Unidad Central de Auditoría Interna y pase a Contaduría General a sus efectos.-
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Silvana Pissano,Alcaldesa.-
Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal | |
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