Resolución N° 270/21/0112
Nro de Expediente:
2020-3230-98-000650
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/10/2021


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) al Sr. SANTIAGO RODRÍGUEZ CUORE, C.I. 4.004.834-1

Montevideo, 14 de Octubre de 2021.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle EJIDO Nº 1516 UNIDAD 302;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 28/09/2020 se realizó inspección en la calle EJIDO Nº 1516 UNIDAD 302, constatando patologías de filtraciones con humedades activas, por lo que se intimó al propietario del inmueble sito en la calle EJIDO Nº 1516 UNIDAD 402, padrón Nº 93668, a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca mencionada;
    b) con fecha 05/06/2021 se realizó nueva inspección en la calle EJIDO Nº 1516 UNIDAD 302, constatando que la problemática sigue incambiada, se intima nuevamente al propietario a realizar tareas de reparación;
    c) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) al Sr. SANTIAGO RODRÍGUEZ CUORE, C.I. 4.004.834-1, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal