Resolución N° 300/20/0112
Nro de Expediente:
2019-3220-98-000513
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/8/2020


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 30.00 (Unidades Reajustables treinta con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en la calle ITUZAINGÓ Nº 1526, PADRÓN Nº 3321

Montevideo, 27 de Agosto de 2020.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle ITUZAINGÓ Nº 1526 UNIDADES 301 y 302;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que: a) se intimó a los copropietarios del inmueble sito en la calle ITUZAINGÓ Nº 1526, PADRÓN Nº 3321, UNIDAD 001 GERMÁN MEYER, C.I. 393.190-6; UNIDAD 002 CARLOS CIBILS, C.I. 1.255.455-6; UNIDAD 003 ALDO CEVEDO, C.I. 1.892.806-8; UNIDAD 101 RICARDO MONTERO, C.I. 790.606-5; UNIDAD 102 ANDRÉS MONTERO, C.I. 1.289.711-4; UNIDAD 103 ANSELMO ISLAS, C.I. 2.928.419-0; UNIDAD 104 JOSÉ ÁLVAREZ, C.I. 1.983.618-1; UNIDAD 201 LAURA CARBONERO, C.I. 2.515.856-6; UNIDAD 202 JESÚS GONZÁLEZ, C.I. 1.642.654-0; UNIDAD 203 MARY GASTELLU, C.I. 2.017.435-6; UNIDAD 204 CARMEN CRESPO, C.I. 1.111.121-7; UNIDAD 301 y 302 JUAN CARLOS ANSELMI, C.I. 960.856-9, a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de las unidades 301 y 302; b) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 30.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
    CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 30.00 (Unidades Reajustables treinta con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en la calle ITUZAINGÓ Nº 1526, PADRÓN Nº 3321, UNIDAD 001 GERMÁN MEYER, C.I. 393.190-6; UNIDAD 002 CARLOS CIBILS, C.I. 1.255.455-6; UNIDAD 003 ALDO CEVEDO, C.I. 1.892.806-8; UNIDAD 101 RICARDO MONTERO, C.I. 790.606-5; UNIDAD 102 ANDRÉS MONTERO, C.I. 1.289.711-4; UNIDAD 103 ANSELMO ISLAS, C.I. 2.928.419-0; UNIDAD 104 JOSÉ ÁLVAREZ, C.I. 1.983.618-1; UNIDAD 201 LAURA CARBONERO, C.I. 2.515.856-6; UNIDAD 202 JESÚS GONZÁLEZ, C.I. 1.642.654-0; UNIDAD 203 MARY GASTELLU, C.I. 2.017.435-6; UNIDAD 204 CARMEN CRESPO, C.I. 1.111.121-7; UNIDAD 301 y 302 JUAN CARLOS ANSELMI, C.I. 960.856-9, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar a los infractores, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.
Carlos Varela,Alcalde.-

Soledad Martinez,Concejala Municipal