Resolución N° 278/24/0112
Nro de Expediente:
2022-3230-98-000302
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/6/2024


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en Av. 18 de Julio Nº 2135, padrón Nº 21350

Montevideo, 10 de Junio de 2024.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local comercial sito en Av. 18 de Julio Nº 2135, padrón Nº 21350;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que:
    a) con fecha 17/11/2022 se realizó inspección en el local comercial ubicado en Av. 18 de Julio Nº 2135. Según informe de la Arquitecta Asesora Gabriela Albano, se encuentran afectadas las condiciones de habitabilidad y/o estabilidad de las edificaciones del padrón de referencia por lo que se intimó al propietario del inmueble sito en Av. 18 de Julio Nº 2135, padrón Nº 21350, a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca mencionada;
    b) con fecha 03/03/2023 se realizó una nueva inspección en el local de Av. 18 de Julio Nº 2135. Según informe del Arquitecto Asesor Carlos Marcelo Rodríguez, aún permanecen afectadas las condiciones de habitabilidad y/o estabilidad de las edificaciones del padrón de referencia e indica que cumplido el plazo otorgado, en inspección anterior, a los titulares de la propiedad denunciada para realizar las reparaciones intimadas, no se dio cumplimiento a lo intimado;
    c) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en Av. 18 de Julio Nº 2135, padrón Nº 21350, UNIDAD 001, PLATAFOR S.A., RUT. 212 983 840 012; UNIDAD 002, JOSÉ DAMIAN TULIPANO BASSO, C.I. 4.121.113-9, UNIDAD 101, CARLA BADELL AGUIRRE, C.I. 1.489.339-2; UNIDAD 102, JUAN CARLOS SENA MAGARIÑOS, sin más datos; UNIDAD 103, SILVIA ROSITA SÁNCHEZ YUMATI, C.I. 1.082.449-8; UNIDAD 104, GONZALO LORIA DIANA, C.I. 4.918.818-4;UNIDAD 105, RAOBERTO o (Roberto) LUIS LAITANO GALLICCHIO, C.I. 1.462.501-6; UNIDAD 201, GERARDO HÉCTOR VALENTE RODRÍGUEZ Y STELLA MARYS PETRONE SPOTON, C.I. 1.782.406-9 y 1.718.359-2 respectivamente; UNIDAD 202, LETICIA PONASSO ALEMANY, C.I. 3.852.356-1, UNIDAD 203, JOSÉ MANUEL BORDÓN VASS, C.I. 1.310.430-0, UNIDAD 204, OSVALDO ESPINOSA CABRERA y MARÍA ROSARIO VILLALBA CABRERA, C.I. 4.048.173-5 y 3.381.602-2 respectivamente; UNIDAD 301, CARLOS ALBERTO ABDO RAVEGLIA, C.I. 4.863.039-6 y MARÍA MAGDALENA ABDO RAVEGLIA, C.I. 4.863.040-9; UNIDAD 302, TERESITA GRACIELA ZEBALLOS GUERRERO, sin más datos; UNIDAD 303, CLARISA RIVEIRO RODRÍGUEZ, C.I. 1.308.968-1, UNIDAD 304, SYLVIA ANGÉLICA MELGAREJO GARABIDE, C.I. 1.617.750-0, UNIDAD 305, CARLOS ALBERTO FRATTI SILVEIRA, C.I. 3.813.445-7, TANIA HUGUET ZABALLA, C.I. 3.813.444-1; UNIDAD 403, ETHEL RUTH DURAN LAZO, C.I. 3.601.056-4; UNIDAD 404, ANDRÉS ALFREDO PIAGGIO HERNANDORENA, sin más datos, LILYAN HERMINIA PILIFINIK LUNA, sin más datos; UNIDAD 405, ELIANA MARTÍNEZ CASTRO, C.I. 1.731.885-2, ADRIANA BEATRÍZ MARTÍNEZ CASTRO, C.I. 1.731.945-8; UNIDAD 501, HÉCTOR PABLO FASCHINI BOTTINI, C.I. 2.506.183-7, UNIDAD 601, LUIS IGNACIO SEVERI CASTRILLÓN, C.I. 1.706.961-7 y LORELEY IRIS CORBO CIRILO, C.I. 1.789.053-1; UNIDAD 701, EDGARDO JULIO CAETANO DE OTTO, C.I. 1.249.743-9; UNIDAD 801, BERNARDO NICOLÁS CORREA FROS Y ADRIANA MARÍA ZALDUA PEREIRA, C.I. 3.570.620-1 y 3983548-4 respectivamente, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, cumplido, comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal