Resolución N° 165/24/0112
Nro de Expediente:
2021-3220-98-000442
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/4/2024


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCION

Resumen:
Dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas sin entarimado en acera, otorgada por Resolución Nº 438/22/0112, de fecha 17 de Noviembre de 2022, a la empresa razón social CIBEL LTDA, RUT 212 450 060 019, sita en la calle Carlos Quijano Nº 1334 Unidad 002

Montevideo, 10 de Abril de 2024.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de autorización de mesas y sillas en la vía pública;
    RESULTANDO: 1º) que la empresa razón social CIBEL LTDA, RUT 212 450 060 019, propietaria del establecimiento comercial destinado a gastronomía, que funciona en el local sito en la calle Carlos Quijano Nº 1334 Unidad 002, con igual domicilio a los efectos legales, fue autorizada a instalar mesas y sillas en acera y calzada con entarimado, por Resolución Nº 438/22/0112, de fecha 17 de Noviembre de 2022;
    2º) que, según informa el mencionado Servicio, la empresa antes mencionada presentó una nota con fecha 18/03/2024, solicitando la baja del permiso otorgado;
    3º) que según manifiesta el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 no corresponde  la devolución del depósito en garantía. ya que el mismo se descontará de la deuda que se viene abonando en convenio de pago;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas en acera y calzada con entarimado, otorgada por Resolución Nº 438/22/0112, de fecha 17 de Noviembre de 2022, a la empresa razón social CIBEL LTDA, RUT 212 450 060 019, sita en la calle Carlos Quijano Nº 1334 Unidad 002 con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-No hacer lugar a la devolución del depósito en garantía. ya que el mismo se descontará de la deuda que se viene abonando en convenio de pago.-
    3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio Central de Inspección General y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación al interesado y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal