Resolución N° 116/23/0112
Nro de Expediente:
2022-3230-98-000071
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/3/2023


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en la calle Arenal Grande Nº 1410, padrón Nº 14872

Montevideo, 30 de Marzo de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Arenal Grande Nº 1410 Unidad 102;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 06/04/2022 se realizó inspección en la calle Arenal Grande Nº 1410 Unidad 102, constatando que en el hall de acceso a la vivienda se aprecia una mancha de humedad de coloración negra, con hongos, asimismo la superficie se aprecia saturada de humedad. La habitabilidad se encuentra condicionada por la presencia de humedades en el cielorraso y se intimó a los copropietarios del inmueble padrón Nº 14872, a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca mencionada;
    b) con fecha 12/08/2022 se realizó nueva inspección en la calle Arenal Grande Nº 1410 Unidad 102, constatando que no se ha realizado ningún trabajo en la azotea de uso común y asimismo se verifica el mantenimiento de la gravedad del problema, se sugiere una nueva intimación;
    c) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en la calle Arenal Grande Nº 1410, padrón Nº 14872, Unidad 001 Ricardo Chindamo, C.I. 1.529.852-3, Unidad 002 Mirta Caligiuri, DNI 5966025, Unidad 101 María Calleros, sin más datos, Guillermo Fuentes Calleros, C.I. 3.757.404-2, Fabián Fuentes Calleros, C.I. 3.958.980-6, Claudia Fuentes Calleros, C.I. 2.725.594-9 y Unidad 102 Carlos Ayestarán, C.I. 3.300.124-9, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal