Resolución N° 313/24/0112
Nro de Expediente:
2023-3230-98-000663
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/7/2024


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 15.00 (Unidades Reajustables quince con cero centésimas) a la firma Clozul S.A., RUT 218 841 040 015

Montevideo, 9 de Julio de 2024.-
 
    VISTO: estos obrados relacionados con la instalación de la barrera ubicada en Av. 18 de Julio Nº 2109/11/13/15, PADRÓN Nº 430581, en la que es responsable la firma Clozul S.A., RUT 218 841 040 015;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que:
    a) en inspección realizada se pudo comprobar que no tenía autorización para la instalación de la barrera;
    b) se solicita la aplicación de una multa de U.R 15.00 por barrera no reglamentaria, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Art. 3, Nral. 3, Lit. B, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 15.00 (Unidades Reajustables quince con cero centésimas) a la firma Clozul S.A., RUT 218 841 040 015, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal