Resolución N° 226/14/0112
Nro de Expediente:
3220-013792-13
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/5/2014


Tema:
AUTORIZACION MESAS Y SILLAS

Resumen:
Autorizar la colocación de mesas y sillas sin entarimado en la vía pública al establecimiento sito en la calle Héctor Gutierrez Ruíz No. 1309 y San José No. 1133, propiedad de la firma GAUDALES S.A., R.U.T. 215549770012.-

Montevideo, 21 de Mayo de 2014.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de autorización de mesas y sillas sin entarimado en la via pública;
      RESULTANDO: 1o.) que la firma GAUDALES S.A., R.U.T. 215549770012, propietaria del establecimiento que gira en el ramo de gastronomía en el local de la calle Héctor Gutierrez Ruiz No. 1309 y San José No. 1133, presentó solicitud ante el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1, para que se la autorice a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado, ocupando en acera 42.00 metros cuadrados;
      2o.) que, según informa el mencionado Servicio, la nombrada debería pagar mes a mes, como contraprestación, el importe de U.R. 21.00 (Unidades Reajustables veintiuno con cero centésimos);
      3o.) que la autorización de mesas y sillas está condicionada a la presentación en un plazo de 10 (diez) días a partir de la notificación de un seguro de responsabilidad civil y el depósito de garantía equivalente a 3 (tres) meses del importe mensual fijado en el numeral 2;
      CONSIDERANDO: 1) Que la petición se ajusta a las previsiones del Tít. I, Cap. II, Secc. VII -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS, SILLAS Y BANCOS EN LAS ACERAS”- del Lº X, Parte Legislativa, del Vol. X del Digesto Departamental, y del Capítulo IX -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS Y SILLAS CON O SIN ENTARIMADO EN LAS ACERAS Y CALZADAS”- del Tít. III de su Parte Reglamentaria;
      2) Que en tal sentido se ha pronunciado el Sector Arquitectura del citado Servicio, quien recomienda hacer lugar a lo solicitado;
      3) Que la suma relacionada en el Resultando 2) es correcta, estableciendo el art. R.1288.43, lit. a), del cit. Vol. X del Digesto Departamental, y el art. 332, lit. a), del TOTID, que por la instalación de mesas y sillas en la acera y sin entarimados se abonará mensualmente el importe de U.R. 0.50 por metro cuadrado;
      4) Que se estima conveniente disponer que el pago de los derechos se haga efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes;
      5) Que el Concejo Municipal - Municipio B ha prestado su conformidad al progreso de la petición en examen; 6) Que los Gobiernos Municipales se encuentran provistos de competencia para decidir solicitudes como la de autos, de acuerdo con la Ley Nº 18.567 y los Decretos Departamentales Nos. 33.209 y 33.322 y, especialmente, el num. 1º, ap. VIII, de la Resolución Nº 3642/10, de 9 de agosto de 2010;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Autorizar con carácter precario y revocable, a la firma GAUDALES S.A., R.U.T. 215549770012, a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado, ocupando 42.00 metros cuadrados, frente al local de la calle Héctor Gutierrez Ruiz No. 1309 y San José No. 1133, donde se ubica el establecimiento de su propiedad, que gira en el rubro gastronómico, condicionado a la presentación en un plazo de 10 (diez) días a partir de la notificación de un seguro de responsabilidad civil y el depósito de garantía equivalente a 3 (tres) meses del importe mensual fijado en el numeral 2.-
      2.- Fijar en la suma de U.R. 21.00 (Unidades Reajustables veintiuno con cero centésimos), el importe a pagar en concepto de derechos de ocupación, que se hará efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes.-
      3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio Central de Inspección General, y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 para la notificación a la interesada y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal