Resolución N° 274/24/0112
Nro de Expediente:
2021-3230-98-000727
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/6/2024


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) al propietario del inmueble sito en la Av. Uruguay Nº 1838, padrón Nº 14406/102, Sr. Sergio Rey Cáceres, C.I. 3.345.620-8

Montevideo, 10 de Junio de 2024.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en Av. Uruguay Nº 1834 Unidad 102, padrón Nº 14407/102;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 27/08/2021 se realizó inspección en Av. Uruguay Nº 1834 Unidad 102. Según informe del Arquitecto Asesor Jaime Lage, se encuentran afectadas las condiciones de habitabilidad y/o estabilidad de las edificaciones del padrón de referencia por lo que se intimó al propietario del inmueble sito en la Av. Uruguay Nº 1838, padrón Nº 14406, a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca mencionada;
    b) con fecha 31/12/2021 se realizó una nueva inspección en Av. Uruguay Nº 1834 Unidad 102. Según informe del Arquitecto Asesor Lauro Vicente, aún permanecen afectadas las condiciones de habitabilidad y/o estabilidad de las edificaciones del padrón de referencia e indica que cumplido el plazo otorgado, en inspección anterior, a los titulares de la propiedad denunciada para realizar las reparaciones intimadas, no se dio cumplimiento a lo intimado;
    c) con fecha 02/07/2022 se realizó una tercera inspección en Av. Uruguay Nº 1834 Unidad 102. Según informe del Arquitecto Asesor Sebastián Huartamendía, aún permanecen afectadas las condiciones de habitabilidad y/o estabilidad de las edificaciones del padrón de referencia e indica que cumplido el plazo otorgado, en inspección anterior, al titular del padrón Nº 14406/102 denunciado, para realizar las reparaciones intimadas, no se dio cumplimiento a lo intimado;
    d) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) al propietario del inmueble sito en la Av. Uruguay Nº 1838, padrón Nº 14406/102, Sr. Sergio Rey Cáceres, C.I. 3.345.620-8, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, cumplido, comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal