Resolución N° 187/21/0112
Nro de Expediente:
2017-3230-98-000514
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/7/2021


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCION

Resumen:
Dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas, otorgada por Resolución Nº 122/15/0112, a la empresa PROYECTIA S.A., R.U.T. 216 913 580 014

Montevideo, 22 de Julio de 2021.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la colocación de mesas y sillas en la vía pública;
    RESULTANDO: 1º) que la firma PROYECTIA S.A., R.U.T. 216 913 580 014, propietaria del establecimiento que gira en el ramo de gastronomía en el local de la calle Juan Manuel Blanes Nº 1175, con igual domicilio a los efectos legales, fue autorizada a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado, por Resolución Nº 122/15/0112, de fecha 12 de febrero de 2015,
    2º) que la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa:
    a) que el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por presentar deuda en la mensualidad por concepto de entarimado gastronómico, en mérito a las notificaciones realizadas los días 18/08/2020 y 02/02/2021, por lo cual se solicita dejar sin efecto la autorización de referencia, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    2º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas sin entarimado en la acera, otorgada por Resolución Nº 122/15/0112, de fecha 12 de febrero de 2015, a la empresa PROYECTIA S.A., R.U.T. 216 913 580 014, sita en la calle Juan Manuel Blanes Nº 1175, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.-No liberar el depósito en garantía de fiel cumplimiento de la obligaciones realizado por la empresa.-
    4.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio Central de Inspección General y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación al infractor y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Rosauro San Román,Concejal Municipal