Resolución N° 19/23/0112
Nro de Expediente:
2022-3220-98-000073
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/2/2023


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 13.00 (Unidades Reajustables trece con cero centésimas) a la firma NAUIREN S.A., RUT 218 009 590 019 con domicilio a efectos legales en Ejido Nº 1341 Unidad 302

Montevideo, 6 de Febrero de 2023.-
 
    VISTO: estos obrados relacionados con el predio empadronado con el Nº 5887 ubicado en la calle Andes Nº 1201, en la que es responsable la firma NAUIREN S.A., RUT 218 009 590 019 con domicilio a efectos legales en Ejido Nº 1341 Unidad 302;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que en inspección realizada se pudo comprobar que:
    a) el entarimado por la calle Canelones no cumple con la normativa, falta prolongación y baranda perpendicular al cordón, asimismo sobre la calle antes mencionada no existe continuidad entre el pavimento de la acera y del entarimado;
    b) sobre la esquina frente a la ochava no se cumple con el pasaje libre mínimo necesario para la circulación de peatones, sector que presenta obstáculos (espacio entre columna y vallado) y discontinuidad entre los diferentes niveles de pavimento;
    2º) se solicita la aplicación de una multa de U.R 13.00 por no cumplir con lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Secc. II, Art. 3, Inc. B, Nral. 3, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 13.00 (Unidades Reajustables trece con cero centésimas) a la firma NAUIREN S.A., RUT 218 009 590 019 con domicilio a efectos legales en Ejido Nº 1341 Unidad 302, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal