Resolución N° 19/24/0112
Nro de Expediente:
2021-3230-98-001603
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/1/2024


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 12.00 (Unidades Reajustables doce con cero centésimos) a la empresa QUETZOMA S.A., RUT 216 550 690 017, en calidad de responsable de la obra ubicada en la calle Edil Hugo Prato Nº 2159

Montevideo, 8 de Enero de 2024.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la obra ubicada en la calle Edil Hugo Prato Nº 2159, padrón Nº 23083;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que:
    a) con fecha 21/10/2022 se realizó inspección en la Av. Gonzalo Ramírez Nº 1652, constatando que la obra invade el predio lindero y apoya sus soportes en la acera lindera;
    b) con fecha 31/10/2022 se notificó a la empresa QUETZOMA S.A., RUT 216 550 690 017, en calidad de responsable de la obra ubicada en la calle Edil Hugo Prato Nº 2159, que debía retirar los soportes que sostienen la bandeja y se encuentran apoyados en la vereda del padrón lindero, bajo apercibimiento de una multa de U.R. 8.00, aplicada posteriormente por Res. 81/23/0112 de fecha 14/03/2023;
    c) con fecha 02/06/2023 se realizó una nueva inspección en la Av. Gonzalo Ramírez Nº 1652, constatando que la situación permanece incambiada por lo que se solicita la aplicación de una multa de U.R. 12.00;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 12.00 (Unidades Reajustables doce con cero centésimos) a la empresa QUETZOMA S.A., RUT 216 550 690 017, en calidad de responsable de la obra ubicada en la calle Edil Hugo Prato Nº 2159, con domicilio a efectos legales en Vázquez Nº 1361, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal