Resolución N° 139/11/0113
Nro de Expediente:
3370-003181-11
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/6/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Carmelo Nº 1361, propiedad de la señora Francisca Arjona, RUT: 213205130010, CI: 564971-0

Montevideo, 23 de Junio de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a Salón de golosinas, sito en la calle Carmelo Nº 1361, propiedad de la señora Francisca Arjona, RUT: 213205130010, CI: 564971-0,con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No.15, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Contralor de la Edificación-Declaración Jurada de Microempresa) y Dirección Nacional de Bomberos, intimándosele a presentar en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
      2o.) que ante el incumplimiento parcial de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R.32388, y otra de U.R.4.9470, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las facultades oportunamente delegadas;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 32388 (Unidades Reajustables tres con dos mil trecientos ochenta y ocho diezmilésimas) y otra de U.R.4.9470 (Unidades Reajustables cuatro

      con nueve mil cuatrocientos setenta diezmilésimas) a la señora Francisca Arjona, RUT: 213205130010, CI: 564971-0, propietaria del establecimiento destinado a Salón de golosinas, sito en la calle Carmelo Nº 1361, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No 15 - para notificar a la firma infractora.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Perez,Concejal Municipal