Resolución N° 119/12/0113
Nro de Expediente:
3240-009537-11
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/5/2012


Tema:
Multas

Resumen:
Dr. Juan José de Amezaga No. 1823/1831, Padrón Nº 17809, propiedad de la Inmobiliaria Tandem S.A. 214079160010, responsable señor Ernesto Wainberg, CI: 1.124.868-7, domiciliado a los efectos legales en Avda. 18 de Julio Nº 1805

Montevideo, 9 de Mayo de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vivienda ubicado en Dr. Juan José de Amezaga No. 1823/1831, Padrón Nº 17809, propiedad de la Inmobiliaria Tandem S.A. 214079160010, responsable señor Ernesto Wainberg, CI: 1.124.868-7, domiciliado a los efectos legales en Avda. 18 de Julio Nº 1805;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No.3 informa que se intimó al propietario del inmueble, a presentar permiso de demolición, notificación de fecha 24/XI/2011, y que pese a los plazos concedidos no se presento certificado, habilitando a realizar dichos trabajos, que el Servicio solicita imponer una multa de U.R 49.4700, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección XIII, Artículo 15., Numeral B, promulgado el 23/IV/84;
      2º.) que el Concejo del Municipio C manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.49.4700 (Unidades Reajustables cuarenta y nueve con cuatro mil setecientas diezmilésimas) a la Inmobiliaria Tandem S.A. 214079160010, responsable señor Ernesto Wainberg, CI: 1.124.868-7,



      domiciliado a los efectos legales en Avda. 18 de Julio Nº 1805, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Depacho de este Municipio a fin de notificar a la firma infractora y librar testimonio y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez,Concejal