Resolución N° 188/11/0113
Nro de Expediente:
3240-001215-10
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/8/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Arenal Grande No.2389, propiedad de la Empresa LADENIX, RUT: 214535530016, titular Juan José Tubio, CI: 2,619,731-6, con domicilio a efectos legales en Hocquart Nº 2065

Montevideo, 15 de Agosto de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de habilitación del establecimiento destinado a venta de ropa, sito en la calle Arenal Grande No.2389, propiedad de la Empresa LADENIX, RUT: 214535530016, titular Juan José Tubio, CI: 2,619,731-6, con domicilio a efectos legales en Hocquart Nº 2065;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 3 informa que fue presentada la habilitación del local el día 11/II/2010, que con fecha 21/VII/2010 se solicito inspección del Técnico Arquitecto, el cual observa: "solicitar tolerancias de local 8,2 y 3, actualizar datos del Técnico y levantar observaciones", en caso de incumplimiento se solicita imponer una multa de U.R.11,9723, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.11,9723 (Unidades Reajustables once con nueve mil setecientos veintitres diezmilésimas) a la Empresa LADENIX, RUT: 214535530016, titular Juan José Tubio, CI: 2,619,731-6, con domicilio a efectos legales en Hocquart Nº 2065, propietario del establecimiento destinado a venta de ropa, sito en la calle Arenal Grande No.2389, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No.3-para notificar a la firma infractora
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Perez,Concejal Municipal