Resolución N° 167/24/0113
Nro de Expediente:
2024-3380-98-000270.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/7/2024


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 15 (unidades reajustables quince) - Primera Reincidencia- a la firma CILIURCZUK L.T.D.A., inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 211485270011, responsable del establecimiento destinado a imprenta, sito en Arquímedes Nº 1133.-

Montevideo, 24 de Julio de 2024.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a imprenta, sito en Arquímedes Nº 1133, responsabilidad de la firma CILIURCZUK L.T.D.A., inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 211485270011, con igual domicilio a los efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que según surge de
las mismas, pese a los plazos concedidos y a la sanción aplicada (Resolución Nº 64/23/0113 de fecha 29 de marzo de 2023), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, Habilitaciones Municipales (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas (SIME) - Primera Reincidencia);
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 15 (unidades reajustables quince), al titular de marras por infracción a lo dispuesto en la Sección XIII, Artículo 14, Literal A, Numeral 1, del Decreto Departamental Nº 21.626 de fecha 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que mediante el expediente caratulado con el Nº 2022-3380-98-000340 se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previo al dictado de la resolución de multa;
2º) que el Gobierno Municipal en sesión ordinaria de fecha 17 de julio de 2024 procede a proveer de conformidad a la presente multa;
3º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales ;
4º) que por Resoluciones Nº 3642/10 de fecha 9 de agosto de 2010 y su modificativa Nº 3797/10 de fecha 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 15 (unidades reajustables quince) - Primera Reincidencia- a la firma CILIURCZUK L.T.D.A., inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 211485270011, responsable del establecimiento destinado a imprenta, sito en Arquímedes Nº 1133, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 a los efectos estime pertinentes.-
Jorge Cabrera.-,Alcalde .-

Margarita Castro.- ,Concejala