| Resolución N° 193/25/0113 | Nro de Expediente:
2024-3380-98-000202 |
| MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
1/10/2025 |
Tema:
Multas
Resumen:
Aplicar una multa de UR 1 (unidad reajustable una) por falta de limpieza de la totalidad de la vereda sito en Manuel Correa Nº 3587, empadronado con el Nº 138.232 responsabilidad de Julio César Pereyra Taramaso C.I.: 846.358-9, Julio César Pereyra Momplet C.I.: 1.887.069-9 y Leonardo Enrique Pereyra Momplet C.I.: 1.886.978-3.
Montevideo, 1 de Octubre de 2025.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de limpieza de la totalidad de la vereda sito Manuel Correa Nº 3587, empadronado con el Nº 138.232, responsabilidad de Julio César Pereyra Taramaso C.I.: 846.358-9, Julio César Pereyra Momplet C.I.: 1.887.069-9 y Leonardo Enrique Pereyra Momplet C.I.: 1.886.978-3, con domicilio a efectos legales en Capurro Nº 995 unidad 103;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 se constató falta de limpieza de la totalidad de la vereda intimando a los titulares de marras a realizar la limpieza del mismo bajo apercibimiento en caso de omisión de las sanciones correspondientes;
2º) que pese a los plazos concedidos y ante el incumplimiento de lo intimado, dicho Servicio solicita la aplicación de una multa de U.R 1 (unidad reajustable una ), a los titulares de obrados, por infracción a lo previsto en la Sección III, Art. 4º, Literal b) Numeral 19 del Decreto Nº 21626 de fecha 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previo al dictado de resolución de multa;
2º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
3º) que por Resoluciones Nros. 3642/10, de 9 de agosto de 2010 y 3797/10, de 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.-Aplicar una multa de U.R 1 (unidad reajustable una) a , Julio César Pereyra Taramaso C.I.: 846.358-9, Julio César Pereyra Momplet C.I.: 1.887.069-9 y Leonardo Enrique Pereyra Momplet C.I.: 1.886.978-3, con domicilio a efectos legales en Capurro Nº 995 unidad 103, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 a los efectos que estime pertinentes.
|
 |
 |
 |
 |
| Damián Salvetto,Alcalde.-
Leonardo Maggioli,Concejal |  |
|  |