Resolución N° 186/12/0113
Nro de Expediente:
3380-004366-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/6/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 9.7164 y otra de U.R.14.8410, al señor Carlos M. Trujillo, RUT: 211441180017,establecimiento destinado a depósito de cereales , sito en Av. Gral. Rondeau Nº 2378 - (PRIMERA REINCIDENCIA)

Montevideo, 27 de Junio de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a depósito de cereales , sito en Av. Gral. Rondeau Nº 2378, propiedad del señor Carlos M. Trujillo, RUT: 211441180017, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolución Nº 13/12/0113 de fecha 11/I/2012), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local - Habilitaciones Municipales (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sec. Locales Industriales y Servicio Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) y Dirección Nacional de Bomberos- (1ª Reincidencia);
      2o.) que ante el incumplimiento parcial de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 9.7164 y otra de U.R.14.8410, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las facultades oportunamente delegadas;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 9.7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) y otra de U.R.14.8410 (Unidades Reajustables catorce con ocho mil cuatro cientos diez diezmilésimas), al señor Carlos M. Trujillo, RUT: 211441180017, propietario del establecimiento destinado a depósito de cereales , sito en Av. Gral. Rondeau Nº 2378, con igual domicilio a efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y notificar a la firma infractora y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº16.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez,Concejal