Resolución N° 128/25/0113
Nro de Expediente:
2025-3240-98-000301
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/6/2025


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de UR 22,5 (Unidades Reajustables veintidós con cinco décimas) a la firma AROCENA Y AROCENA S.A., sito en Pedernal Nº 1865 por carecer de Habilitación Departamental (Contralor de la Edificación - Locales Comerciales e Industriales) y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas
(Primera Reincidencia) .


Montevideo, 11 de Junio de 2025.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado imprenta , sito en Pedernal Nº 1865, de la cual es responsable la firma AROCENA Y AROCENA S.A., RUT: 216580310018, con igual domicilio a los efectos legales;

    RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la sanción aplicada por Resolución Nº 156/24/0113 de fecha 17 de julio de 2024, se comprobó mediante inspección que la situación sigue incambiada - PRIMERA REINCIDENCIA
    2º) que el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, comprobó que carecía de Habilitación Departamental (Contralor de la Edificación - Locales Comerciales e Industriales) y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas (Primera Reincidencia);
    3º) que mediante expediente caratulado con Nº 2020-3240-98-000678 se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previo al dictado de la resolución de multa;

    4º) que por lo expuesto, se informa que la sanción que corresponde aplicar es de UR 22,5 (Unidades reajustables veintidós con cinco décimas), según lo que, a tales efectos establece la Sección XIII, Artículo Nº 14, Numeral 1, Literal A del Decreto 21.626 de fecha 23/IV/84;
    5º) que el Gobierno Municipal en sesión ordinaria de fecha 04 de junio de 2025 procede a proveer de conformidad a la presente multa;

    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de UR 22,5 (Unidades Reajustables veintidós con cinco décimas) a la firma AROCENA Y AROCENA S.A., RUT: 216580310018O, responsable del establecimiento destinado a imprenta , sito en Pedernal Nº 1865, con igual domicilio a los efectos legales, por carecer de Habilitación Departamental (Contralor de la Edificación - Locales Comerciales e Industriales) y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas (PRIMERA REINCIDENCIA) .-
    2.- -Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Mónica Amado,Alcaldesa.-

Margarita Castro,Concejala