Resolución N° 141/13/0113
Nro de Expediente:
3380-002189-13
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/4/2013


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 y U.R. 15 NELOSTAR S.A., RUT: 213201880010, responsable del venta y administración de artículos de seguridad, sito en Av. Millán Nº 2601,

Montevideo, 10 de Abril de 2013.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a venta y administración de artículos de seguridad, sito en Av. Millán Nº 2601, propiedad de la firma NELOSTAR S.A., RUT: 213201880010, con igual domicilio a efectos legales;
    RESULTANDO: 1º.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) y Habilitación Nacional de Bomberos, intimándosele a presentar, en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondiente;
    2º.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R.10 y otra de U.R. 15, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) y otra de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la firma NELOSTAR S.A., RUT: 213201880010, responsable del establecimiento destinado a venta y administración de artículos de seguridad, sito en Av. Millán Nº 2601, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
    3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez Sotelo,Concejal