Resolución N° 166/16/0113
Nro de Expediente:
3370-006119-14; 2016-3370-98-000045
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/7/2016


Tema:
MULTA POR HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 al señor Pablo Daniel Hernández, C.I.: 4.536.145-3 y la señora Tatiana Corena, C.I. 4.826.458-1, propietarios de la finca sita en la calle Igualdad Nº 1161, Apto. 003, padrón Nº 192987, con domicilio, a los efectos legales, en la calle Bustamante y Guerra Nº 3631

Montevideo, 13 de Julio de 2016.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Igualdad Nº 1161, Apto. 003, padrón Nº 129987, propiedad del señor Pablo Daniel Hernández, C.I.: 4.536.145-3 y la señora Tatiana Corena, C.I. 4.826.458-1, con domicilio en Bustamante y Guerra Nº 3631, a los efectos legales;
RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15, intimó a los titulares de obrados, a realizar las reparaciones necesarias en las instalaciones sanitarias del baño de la unidad 003, o en su defecto presentar pruebas hidráulicas y manométrica, que verifiquen que no existen perdidas, tanto en las cañerías de desagües como de abastecimiento, bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 20, según lo establece la Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A del Decreto No. 21626;
2o.) que el Servicio C.C.Z. Nº 15, sugiere la aplicación de la sanción de referencia;
CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.-Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) al señor Pablo Daniel Hernández, C.I.: 4.536.145-3 y la señora Tatiana Corena, C.I. 4.826.458-1, propietarios de la finca sita en la calle Igualdad Nº 1161, Apto. 003, padrón Nº 129987, con domicilio, a los efectos legales, en la calle Bustamante y Guerra Nº 3631, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden - al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15, para notificar al infractor, y al Sector Despacho de este Municipio, para librar el testimonio correspondiente.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal