Resolución N° 181/24/0113 | Nro de Expediente:
2024-3380-98-000291.- |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
31/7/2024 |
Tema:
MULTA HABILITACIONES
Resumen:
Aplicar a la firma RODELU GOURMET S.A.S, inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 219264850010 responsable del establecimiento destinado a pizzería, sito en Bv. Gral. Artigas Nº 4304, una multa de U.R. 10 por falta de Habilitación Departamental (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas -SIME) y otra de U.R. 20 por carecer de Plan de Gestión de Residuos No Domiciliarios.-
Montevideo, 31 de Julio de 2024.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a pizzería, sito en Bv. Gral. Artigas Nº 4304, responsabilidad de la firma RODELU GOURMET S.A.S, inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 219264850010, con igual domicilio a los efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 se pudo comprobar que carecía de Habilitación Departamental (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas - SIME) y Plan de Gestión de Residuos No Domiciliarios, intimándose a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes ;
2º) que ante los plazos concedidos y el incumplimiento a lo intimado se solicita la aplicación a la empresa de obrados de una multa de U.R. 10 (unidades reajustables diez), por transgredir lo dispuesto en la Sección XIII, Artículo 14, Literal A, Numeral 1, del Decreto Departamental Nº 21.626 de fecha 23/IV/84, y otra de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) dispuesto en el Volumen VI, Título IV, Capítulo I, Sección IV, Artículo D. 1920.1 del Digesto Departamental;
CONSIDERANDO: 1º) que mediante el expediente caratulado con el Nº 2023-3380-98-000282 se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previo al dictado de la resolución de multa;
2º) que el Gobierno Municipal en sesión ordinaria de fecha 24 de julio de 2024 procede a proveer de conformidad a la presente multa;
3º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales ;
4º) que por Resoluciones Nº 3642/10 de fecha 9 de agosto de 2010 y su modificativa Nº 3797/10 de fecha 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE: 1.-Aplicar a la firma RODELU GOURMET S.A.S, inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 219264850010 responsable del establecimiento destinado a pizzería, sito en Bv. Gral. Artigas Nº 4304, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de U.R. 10 (unidades reajustables diez), por falta de Habilitación Departamental (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas -SIME) y otra de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) por carecer de Plan de Gestión de Residuos No Domiciliarios, y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes .-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 a los efectos estime pertinentes.- |
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Jorge Cabrera.-,Alcalde.- .-
Elba Rodríguez.- ,Concejala.- | |
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