Resolución N° 11/12/0113
Nro de Expediente:
3380-005508-11
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/1/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Depósito Mercaderías Varias, sito en Cuareim No. 2167, propiedad de la Firma Warehouse Cuareim LTDA, RUT: 215550960016

Montevideo, 11 de Enero de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a Depósito Mercaderías Varias, sito en Cuareim No. 2167, propiedad de la Firma Warehouse Cuareim LTDA, RUT: 215550960016, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No.16, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sec. Locales Industriales y Dirección Nacional de Bomberos (DNB), intimándosele a presentar en un plazo de 5 (cinco) días en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R.9.7164 y otra de U.R. 14.8410, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 9.7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) y otra de U.R. 14.8410 (Unidades Reajustables catorce con ocho mil cuatrocientos diez diezmilísemas), a la Firma Warehouse Cuareim LTDA, RUT: 215550960016,propietario del establecimiento
        destinado a Depósito Mercaderías Varias, sito en Cuareim No. 2167, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.- y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Nº 16, para notificación a la empresa infractora.-
Horacio Pérez,Alcalde (I).-

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