Resolución N° 193/11/0113
Nro de Expediente:
3370-004274-11
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/8/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Guardia Oriental Nº 3435, propiedad del señor Dionisio Martinez, CI: 931.334-5

Montevideo, 16 de Agosto de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a depósito de materiales, sito en la calle Guardia Oriental Nº 3435, propiedad del señor Dionisio Martinez, CI: 931.334-5, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 15, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Contralor de la Edificación - Sección Locales Industriales) y Dirección Nacional de Bomberos intimándosele a presentar en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
      2o.) que ante el incumplimiento parcial de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 9,7164 y otra de U.R. 14,8410, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;(Primera Reincidencia)
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las facultades oportunamente delegadas;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 9,7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) y otra de U.R. 14,8410 (Unidades Reajustables catorce con ocho mil cuatro cientos diez diezmilésimas) al señor

      Dionisio Martinez, CI: 931.334-5, propietario del establecimiento destinado a depósito de materiales, sito en la calle Guardia Oriental Nº 3435, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No.15-para notificar a la firma infractora.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Perez,Concejal Municipal