Resolución N° 165/23/0113
Nro de Expediente:
2019-3240-98-000602.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/9/2023


Tema:
MULTA POR HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte), a la Sra. Edith da Silva, C.I: 1.819.474-4, con domicilio a los efectos legales en Mariano Soler Nº 3147, responsable de la Unidad 001 del Padrón Nº 83.041 que se encuentra en regimen de propiedad horizontal , sito en la calle Mariano Soler Nº 3147.-

Montevideo, 6 de Setiembre de 2023.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con humedades provenientes del Padrón Nº 83.041 Unidad 001 que se encuentra en regimen de propiedad horizontal, sito en la calle José María Penco Nº 3131, responsabilidad de la Sra. Edith da Silva, C.I: 1.819.474-4, con domicilio a los efectos legales en Mariano Soler Nº 3147;
RESULTANDO: 1º) que en las inspecciones profesionales realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se comprobó humedades que provenían de la Unidad de obrados y afectan la habitabilidad de la Unidad 002 perteneciente al mismo Padrón;
2º) que se intimó al propietario de la Unidad 002 perteneciente al Padrón Nº 83.041 a realizar los trabajos necesarios a fin de evitar el pasaje de humedades y filtraciones a la Unidad 001, la cual está siendo afectada gravemente en sus condiciones de habitabilidad;
3º) con fecha 18 de mayo de 2023, la Sra. Edith Da Silva presentó recurso de reposición y apelación;
4º) que la Agobada Asesora de este Municipio informó que resultan improcedentes los recursos interpuestos, y no resultando de recibo los argumentos esgrimidos;
5º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) a la titular de obrados por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Inciso A, Sección II del Decreto No. 21.626 de fecha 23/IV/84;
CONSIDERANDO:1º) que el Gobierno Municipal en sesión de fecha 30 de agosto de 2023 procede a proveer de conformidad y solicita el dictado de Resolución de sanción de multa correspondiente;
2º) que la normativa vigente fija en Unidades Reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
3º) que por Resoluciones Nros. 3642/10, de 9 de agosto de 2010 y 3797/10, de 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;

EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.-Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte), a la Sra. Edith da Silva, C.I: 1.819.474-4, con domicilio a los efectos legales en Mariano Soler Nº 3147, responsable de la Unidad 001 del Padrón Nº 83.041 que se encuentra en regimen de propiedad horizontal , sito en la calle Mariano Soler Nº 3147, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente Resolución.-
2- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 a los efectos estime pertinentes.-
Jorge Cabrera,Alcalde .-

Margarita Castro,Concejala