Resolución N° 5/12/0113
Nro de Expediente:
3380-006040-11
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/1/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Convenio No 828, propiedad de la Empresa Granja Pocha S.A., RUT: 214146600013, U.R.14.5746, Primera Reincidencia.

Montevideo, 11 de Enero de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a oficina y depósito, sito en la calle Convenio No 828, propiedad de la Empresa Granja Pocha S.A., RUT: 214146600013, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resoluciones Nos. 112/11/0113 de fecha 20/VI/2011), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas), por lo que se solicita imponer una multa de U.R.14.5746, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84; (Primera Reincidencia),
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.14.5746 (Unidades Reajustables catorce con cinco mil setecientos cuarenta y seis diezmilésimas) a la Empresa Granja Pocha S.A., RUT: 214146600013, propietaria del establecimiento destinado a oficina y depósito , sito en la calle Convenio No 828, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-


      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No.16-para notificar a la firma infractora.-
Horacio Pérez,Alcalde (I).-

,