Resolución N° 100/12/0113
Nro de Expediente:

 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/4/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Marcelino Sosa Nº 2448, propiedad de la señora María Carolina Coitiño, CI: 1,790.679-0, una multa de U.R.4,8582 y otra de U.R 7,4205, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84; (Primera Reincidencia)

Montevideo, 30 de Abril de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Rotiseria, sito en la calle Marcelino Sosa Nº 2448, propiedad de la señora María Carolina Coitiño, CI: 1,790.679-0, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 3, informa que pese a los plazos otorgados y las multas aplicadas (resolución 314/11/0113 de fecha 07/XI/2011) el establecimiento de referencia no ha presentado las habilitaciones correspondiente (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sec. Locales Industriales y Regulación Alimentaria) y de la Dirección Nacional de Bomberos, solicita imponer una multa de U.R.4,8582 y otra de U.R 7,4205, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84, (Primera Reincidencia);
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.4,8582 (Unidades Reajustables cuatro con ocho mil quinientos ochenta y dos diezmilésimas) y otra de U.R 7,4205 (Unidades Reajustables siete con cuatro mil doscientos cinco diezmilésimas) a la señora María Carolina Coitiño, CI: 1,790.679-0, propietario del establecimiento destinado a Rotiseria, sito en la calle




      Marcelino Sosa Nº 2448, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No.3-.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez,Concejal