Resolución N° 200/12/0113
Nro de Expediente:
3240-003685-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/7/2012


Tema:
ENTARIMADOS MULTA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) a la Firma Cobanal S.A, R.U.T. 216105240019, responsable del establecimiento gastronómico, sito en Bvar. Artigas No.3654

Montevideo, 23 de Julio de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento gastronómico, sito en Bvar. Artigas No.3654, perteneciente a la Firma Cobanal S.A, R.U.T. 216105240019, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en relevamiento realizado por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 3, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones para la instalación de entarimado, mesas y sillas en la vía pública intimándosele a presentar en un plazo de 10 (diez) días en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 7, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 32.082, modificativo del 32.707 y la Res. 5456/08 de 08/XII/2008 y Decreto Nº 21.626 ;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) a la Firma Cobanal S.A, R.U.T. 216105240019, responsable del establecimiento gastronómico, sito en Bvar. Artigas No.3654, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la



        presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al despacho de este Municipio para librar testimonio y notificar al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No.3.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez,Concejal