Resolución N° 134/20/0113
Nro de Expediente:
2018-3380-98-000093.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/9/2020


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar a la firma POLIN S.A., RUT: 211338400018, responsable del establecimiento destinadoa planta de polietileno, sito en la calle Coraceros Nº 3570, una multa de UR 20 por falta de Habilitación Departamental (Declaración Jurada de Residuos sólidos no domiciliarios). Expediente: 2018-3380-98-000093.-

Montevideo, 30 de Setiembre de 2020.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a planta de polietileno, sito en la calle Coraceros Nº 3570, propiedad de la firma POLIN S.A., RUT: 217246390015, con igual domicilio a los efectos legales,
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, se pudo comprobar que carecía de Habilitación Departamental (Declaración Jurada de Residuos No Domiciliarios), intimándose a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes ;
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de UR 20 (Unidades Reajustables veinte), a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el artículo 1920.1 del Digesto Departamental;
CONSIDERANDO: 1º) que por expediente 2018-3380-98-000093, se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previa al dictado de la resolución de multa;
2º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
3º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar a la firma POLIN S.A., RUT: 211338400018, responsable del establecimiento destinado a planta de polietileno, sito en la calle Coraceros Nº 3570, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de UR 20 (Unidades Reajustables veinte) por falta de Habilitación Departamental (Declaración Jurada de Residuos No Domiciliarios) y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes .-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N º 16.-
Susana Rodríguez,Alcaldesa.-

Carlos Curbelo,Concejal