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| Resolución N° 136/24/0113 | Nro de Expediente:2024-3240-98-000345.-
 
 |  | MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:10/7/2024
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 Tema:
 MULTA HABILITACIONES
 
 Resumen:
 Aplicar a la firma UNIPERSONAL NICOLÁS ROCHA, titular de la Cédula de Identidad de Identidad Nº 5.553.780-8, e inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 218873660019, responsable del establecimiento destinado a peluquería, sito en Avda. Gral. Flores Nº 3447, una multa  de U.R. 10 (unidades reajustables diez) por falta de Habilitación Departamental (Microemprendimiento).-
 
 
 
|  Montevideo, 10 de Julio de 2024.- |  
| VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a peluquería, sito en Avda. Gral. Flores Nº 3447, responsabilidad de la firma UNIPERSONAL NICOLÁS ROCHA, titular de la Cédula de Identidad de Identidad Nº 5.553.780-8, e inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 218873660019, con igual domicilio a los efectos legales; RESULTANDO: 	1º)  que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 se pudo comprobar que carecía de Habilitación Departamental (Microemprendimiento), intimándose a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes ;
 2º) que pese a los plazos concedidos y al incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R.10 (unidades reajustables diez), a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto en la Sección XIII, Artículo 14, Literal a,  Numeral 1 del Decreto Departamental Nº 21.626 promulgado el  23/IV/84;
 CONSIDERANDO: 1º) que mediante expediente caratulado con el Nº 2020-3240-98-000844 se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previo al dictado de la resolución de multa;
 2º) que el Gobierno Municipal en sesión ordinaria de fecha 3 de julio de 2024 procede a proveer de conformidad a la presente multa;
 3º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales ;
 4º)  que por Resoluciones Nº 3642/10 de fecha 9 de agosto de 2010 y su modificativa Nº 3797/10 de fecha 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
 
 EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
 RESUELVE:
 1.-Aplicar a la firma UNIPERSONAL NICOLÁS ROCHA, titular de la Cédula de Identidad de Identidad Nº 5.553.780-8, e inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 218873660019, responsable del establecimiento destinado a peluquería, sito en Avda. Gral. Flores Nº 3447, con igual domicilio a los efectos legales, una multa  de U.R. 10 (unidades reajustables diez) por falta de Habilitación Departamental (Microemprendimiento), y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local.-
 2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación,  la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes .-
 3.-Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase- por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 a los efectos estime pertinentes.- |  |  |  |  |  |  |  |  |  | Jorge Cabrera.-,Alcalde .- Margarita Castro.- ,Concejala |  |  |  |