Resolución N° 555/12/0113
Nro de Expediente:
3240-016904-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/12/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.9.7164 y U.R. 14.8410 SOCIEDAD RECREATIVA OSSOLANA, RUT:216754160016, cantina y salón de fiestas, sito en la calle Altamirano Nº 3242 (PRIMERA REINCIDENCIA)

Montevideo, 12 de Diciembre de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a cantina y salón de fiestas, sito en la calle Altamirano Nº 3242, propiedad de la firma SOCIEDAD RECREATIVA OSSOLANA, RUT:216754160016, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolución 242/11/0113 de fecha 13/IX/2011), no se ha dado cumplimiento a lo intimado;
      2o.) que ante el incumplimiento parcial de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 9.7164 y otra de U.R. 14.8410, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84; (Primera Reincidencia);
      CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.9.7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas ) y otra de U.R. 14.8410 (Unidades Reajustables catorce con ocho mil cuatrocientos diez diezmilésimas) a la firma SOCIEDAD RECREATIVA OSSOLANA, RUT:216754160016, responsable del establecimiento destinado a cantina y salón de fiestas, sito en la calle Altamirano Nº 3242, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Horacio Pérez Sotelo,Alcalde.-

Silvia Charlier,Concejala