Resolución N° 216/12/0113
Nro de Expediente:
3370-003436-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/7/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.6,4776 y otra U.R. 9,8940 al señor Javier Alberto Guerra Sellustti, C.I.: 3.341.666-0, establecimiento destinado a Taller de Motos, sito en General Acha Nº 4011. (SEGUNDA REINCIDENCIA)

Montevideo, 23 de Julio de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a Taller de Motos, sito en Gral. Acha Nº 4011, propiedad del señor Javier Alberto Guerra Sellustti, C.I.: 3.341.666-0, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolución Nº 189/11/0113 de fecha 15/VIII/2011 y 360/11/0113 del 27/XII/2011), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sección Locales Industriales) y Dirección Nacional de Bomberos (DNB);
      2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R.6,4776 y otra de U.R. 9,8940, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84; (Segunda Reincidencia)
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.6,4776 (Unidades Reajustables seis con cuatro mil setecientos setenta y seis diezmilésimas) y otra de U.R. 9,8940 (Unidades Reajustables nueve con ocho mil novecientos cuatenta diezmilísemas) al señor



      Javier Alberto Guerra Sellustti, C.I.: 3.341.666-0, responsable del establecimiento destinado a Taller de Motos, sito en General Acha Nº 4011, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.- y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa infractora, para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Nº 15.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez,Concejal