Resolución N° 141/23/0113 | Nro de Expediente:
2023-3370-98-000185 |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
2/8/2023 |
Tema:
MULTA HABILITACIONES
Resumen:
Aplicar una multa de UR 5 a la firma unipersonal Analía Tomas Pérez y Pablo Gastón Codevila Bertaldi con número de RUT 218 832 400 012, responsable del establecimiento destinado a comida al paso, sita en Av. Dr. Luis A. de Herrera Nº 3966/2, por falta de habilitaciones municipales (SIME).-
Montevideo, 2 de Agosto de 2023.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a comida al paso, sito en Av. Dr. Luis A. de Herrera Nº 3966/2 propiedad de la firma unipersonal Analía Tomas Pérez y Pablo Gastón Codevila Bertaldi con número de RUT 218 832 400 012, con igual domicilio a efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15, informa que el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitaciones municipales (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) solicita imponer una multa de UR 5 (unidades reajustables cinco), según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE: 1.- Aplicar una multa de UR 5 (unidades reajustables cinco) a la firma unipersonal Analía Tomas Pérez y Pablo Gastón Codevila Bertaldi con número de RUT 218 832 400 012, responsable del establecimiento destinado a comida al paso, sita en Av. Dr. Luis A. de Herrera Nº 3966/2, con igual domicilio a efectos legales, por falta de habilitaciones municipales (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas).-
2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15.- |
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Jorge Cabrera,Alcalde .-
Margarita Castro,Concejala | |
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