Resolución N° 166/23/0113 | Nro de Expediente:
2019-3240-98-000602.- |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
6/9/2023 |
Tema:
MULTA POR HUMEDADES
Resumen:
Aplicar una multa de U.R 20 (Unidades Reajustables veinte) a los titulares del padrón Nº 83.041 sito en José María Penco Nº 3131, responsabilidad de las Sras. Edith da Silva, C.I: 1.819.474-4, Edelma Leites, C.I: 1.643.101-1 y del Sr. Edir Parins, C.I: 1.265.959-2.-
Montevideo, 6 de Setiembre de 2023.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con humedades provenientes del padrón Nº 83.041,en regímen de propiedad horizontal, sito en la calle José María penco Nº 3131, responsabilidad de las Sras. Edith da Silva, C.I: 1.819.474-4, Edelma Leites, C.I: 1.643.101-1 y del Sr. Edir Parins, C.I: 1.265.959-2, con domicilio a los efectos legales en Mariano Soler Nº 3147, José María Penco Nº 3131 Unidad 2 y José María Penco Nº 3131 Unidad 3 respectivamente;
RESULTANDO: 1º) que en inspección profesional realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se comprobó humedades que provenían del mencionado padrón y afectaban la habitabilidad de la Unidad Nº 2 del citado Padrón; 2º) que se intimó a los titulares de obrados a realizar los trabajos necesarios a fin de evitar el pasaje de humedades a la vivienda mencionada precedentemente;
3º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de UR 20 (Unidades Reajustables veinte) a los titulares del Padrón Nº 83.041 por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3 Numeral 12 Inciso A Sección II del Decreto Nº 21.626 de fecha 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º)que por Resoluciones Nros. 3642/10, de 9 de agosto de 2010 y 3797/10, de 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE: 1.-Aplicar una multa de UR 20 (Unidades Reajustables veinte) a los titulares del padrón Nº 83.041 en regímen de propiedad horizontal, sito en José María Penco Nº 3131, responsabilidad de las Sras. Edith da Silva, C.I: 1.819.474-4, Edelma Leites, C.I: 1.643.101-1 y del Sr. Edir Parins, C.I: 1.265.959-2, con domicilio a los efectos legales en Mariano Soler Nº 3147, José María Penco Nº 3131 Unidad 2 y José María Penco Nº 3131 Unidad 3 respectivamente, por no haber cumplido con lo intimado en reiteradas inspecciones técnicas con el fin de dar solución al pasaje de humedad a la Unidad Nº 2 del Padrón de marras.-
2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
3.-Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 a los efectos estime pertinentes.- |
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Jorge Cabrera,Alcalde .-
Margarita Castro,Concejala | |
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