Resolución N° 144/25/0113
Nro de Expediente:
2024-3240-98-000321
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/7/2025


Tema:
MULTA POR HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte), a la firma CAP BACIGALUPI SAS, inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 219228370012, responsable del Padrón Nº 12.226 de la finca sita en Prof. Carlos Bacigalupi Nº 2279 por no solucionar los perjuicios ocasionados por la finca de su propiedad.

Montevideo, 2 de Julio de 2025.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con humedades provenientes del Padrón Nº 12.226 de la finca sita en Prof. Carlos Bacigalupi Nº 2279, responsabilidad de la firma CAP BACIGALUPI SAS, inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 219228370012, con domicilio a los efectos legales en padrón Nº 26.695 unidad 308 de la Ruta Interbalnearia, Playa Mansa, Parada 40, Punta Ballena, Departamento de Maldonado;
RESULTANDO: 1º) que en las inspecciones profesionales realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se comprobó humedades que provenían del padrón de obrados y afectan la habitabilidad de la finca sito en Prof. Carlos Bacigalupi Nº 2277 bis unidad 2, Padrón Nº 11.733;
2º) que se intimó al propietario del Padrón Nº 12.226 a realizar los trabajos necesarios a fin de evitar el pasaje de humedades y filtraciones a la vivienda citada en numeral anterior;
3º) que pese a los plazos concedidos y ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) al titular de obrados por infracción a lo dispuesto en la Sección II, Artículo 3, Numeral 12, Inciso A, del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal en sesión ordinaria de fecha 25 de junio del corriente procede a proveer de conformidad y solicita el dictado de Resolución de sanción de multa correspondiente;
2º) que la normativa vigente fija en Unidades Reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
3º) que por Resoluciones Nº 3642/10 de fecha 9 de agosto de 2010 y su modificativa Nº 3797/10 de fecha 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;

EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.-Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte), a la firma CAP BACIGALUPI SAS, inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 219228370012, responsable del Padrón Nº 12.226 de la finca sita en Prof. Carlos Bacigalupi Nº 2279, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente Resolución.-
2- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
3.-Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 a los efectos estime pertinentes.-
Mónica Amado,Alcaldesa.-

Margarita Castro,Concejala