Resolución N° 192/11/0113
Nro de Expediente:
3240-006274-11
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/8/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Domingo Aramburú No 1831, propiedad de la Firma Rafter S.A., RUT: 215320080014

Montevideo, 16 de Agosto de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a venta de ropa, sito en Domingo Aramburú No 1831, propiedad de la Firma Rafter S.A., RUT: 215320080014, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No.3, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Servicio de Contralor de Edificaciones-Permiso de Marquesina), intimándosele a presentar en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
      2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 3.2388, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 3.2388 (Unidades Reajustables tres con dos mil trescientas ochenta y ocho diezmilésimas) de la Firma Rafter S.A., RUT: 215320080014, propietario del establecimiento destinado a venta de ropa, sito en Domingo Aramburú No 1831, con igual domicilio a los efectos legales, por los

      motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.- y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Nº 3, para notificación a la empresa infractora.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Perez,Concejal Municipal