Resolución N° 30/14/0113
Nro de Expediente:
3380-000284-14
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/1/2014


Tema:
MULTA POR BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5 LA FIGAZZITA LTDA, RUT: 215279120010,o panadería y confitería, sito en Av. Millán Nº 3147,

Montevideo, 29 de Enero de 2014.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado panadería y confitería, sito en Av. Millán Nº 3147, propiedad de la firma LA FIGAZZITA LTDA, RUT: 215279120010, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local - habilitación de la Dirección Nacional de bomberos;
      2o.) que ante el incumplimiento parcial de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R.5, por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, de 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las facultades oportunamente delegadas;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco), a la firma LA FIGAZZITA LTDA, RUT: 215279120010, responsable del establecimiento destinado panadería y confitería, sito en Av. Millán Nº 3147, con igual domicilio a efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
      3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, para notificar a la empresa infractora. y al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez Sotelo,Concejal