Resolución N° 303/11/0113
Nro de Expediente:
3240-009584-11
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/10/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Blandengues No.1777, propiedad de la empresa Spezzano y Perez, R.U.T. 214919660013, Primera Reincidencia,

Montevideo, 24 de Octubre de 2011.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a insumos de confección, sito en la calle Blandengues No.1777, propiedad de la empresa Spezzano y Perez, Sociedad de Hecho, R.U.T. 214919660013, con igual domicilio a efectos legales;
    RESULTANDO: 1º.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanción aplicada (Resolución 57/11/0113 de fecha 29/IV/2011), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local Habilitaciones Municipales y Habilitación Nacional de Bomberos- (Primera Reincidencia);
    2º.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R.9.7164 y otra de U.R. 14.841, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 9.7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) y otra de U.R.14.841 (Unidades Reajustables catorce con ochocientos cuarenta y uno diezmilésimas) a la empresa Spezzano y Perez, Sociedad de Hecho, R.U.T. 214919660013, propietario del establecimiento destinado a insumos de

    confección, sito en la calle Blandengues No.1777, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
    3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No.3.-para notificar a la firma infractora
MIRIAM RODRIGUEZ,Alcaldesa.-

HORACIO PEREZ,Concejal Municipal