Resolución N° 124/13/0113
Nro de Expediente:
3380-001845-13
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/3/2013


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.10 Andrés Julian Quintero Favilla, C.I.: 3.163.764-0, RUT: 214839300010, panificadora, Hermanos Gil Nº 1015 A (PRIMERA REINCIDENCIA)

Montevideo, 20 de Marzo de 2013.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a panificadora, sito en la calle Hermanos Gil Nº 1015 A, propiedad de la firma unipersonal Andrés Julian Quintero Favilla, C.I.: 3.163.764-0, RUT: 214839300010, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolución Nº383/12/0113 de fecha 09/X/2012), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, (Servicio Contralor de la Edificaciones-Sec. Locales Comerciales e Instalaciones Mecánicas y Eléctricas), por lo que se solicita imponer una multa de U.R.10, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84; (Primera Reincidencia),
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.10 (Unidades Reajustables diez) a la firma unipersonal Andrés Julian Quintero Favilla, C.I.: 3.163.764-0, RUT: 214839300010, responsable del establecimiento destinado a panificadora, sito en la calle Hermanos Gil Nº 1015 A, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la firma infractora, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº16.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez Sotelo,Concejal