Resolución N° 11/22/0113
Nro de Expediente:
2021-3380-98-000406
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/2/2022


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar a la firma SAMAN SA., RUT: 210002910012, responsable del establecimiento destinado a depósito y distribución de alimentos, sito en la calle San Fructuoso Nº 1000, una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) y otra de U.R 20 (Unidades Reajustables veinte) por falta de Habilitaciones Municipales ( Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales) y Declaración Jurada de Residuos No Domiciliarios. Expediente: 2021-3380-98-000406.-

Montevideo, 2 de Febrero de 2022.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a depósito y distribución de alimentos, sito en la calle San Fructuoso Nº 1000, propiedad de la firma SAMAN SA., RUT: 210002910012, con igual domicilio a los efectos legales ;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 16 informa que: el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de Habilitaciones Municipales ( Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales) y Declaración Jurada de Residuos No Domiciliarios, solicita imponer una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez )según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84; y otra de U.R 20 (Unidades Reajustables 20) dispuesto en el Inc. III del Art. 2 del Decreto Nº 35337 de la Junta Departamental.
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar a la firma SAMAN SA., RUT: 210002910012, responsable del establecimiento destinado a depósito y distribución de alimentos, sito en la calle San Fructuoso Nº 1000, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) y otra de U.R 20 (Unidades Reajustables veinte) por falta de Habilitaciones Municipales ( Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales) y Declaración Jurada de Residuos No Domiciliarios, y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local.
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No.16 para notificar a la firma infractora.
Jorge Cabrera,Alcalde.-

Margarita Castro,Concejala