Resolución N° 115/24/0113 | Nro de Expediente:
2020-3240-98-000761.- |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
5/6/2024 |
Tema:
MULTA HABILITACIONES
Resumen:
Aplicar a la firma firma Unipersonal ÁLVARO CASTELLI, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.282.553-9 e inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 215483140016, responsable del establecimiento destinado a la venta de placas de yeso, sito en Av. Gral. San Martín Nº 2100, una multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) por falta de Habilitación Departamental (Microemprendimiento).-
Montevideo, 5 de Junio de 2024.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a la venta de placas de yeso, sito en Av. Gral. San Martín Nº 2100, responsabilidad de la firma Unipersonal ÁLVARO CASTELLI, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.282.553-9 e inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 215483140016, con igual domicilio a los efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 se pudo comprobar que carecía de Habilitación Departamental (Microemprendimiento), intimándose a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes ;
2º) que pese a los plazos concedidos y al incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco), a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto en la Sección XIII, Artículo 14, Literal a, Numeral 1 del Decreto Departamental Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previo al dictado de la resolución de multa;
2º) que el Gobierno Municipal en sesión de fecha 29 de mayo de 2024 procede a proveer de conformidad a la presente multa;
3º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales ;
4º) que por Resoluciones Nº 3642/10 de fecha 9 de agosto de 2010 y su modificativa Nº 3797/10 de fecha 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.-Aplicar a la firma firma Unipersonal ÁLVARO CASTELLI, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.282.553-9 e inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 215483140016, responsable del establecimiento destinado a la venta de placas de yeso, sito en Av. Gral. San Martín Nº 2100, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) por falta de Habilitación Departamental (Microemprendimiento), y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes .-
3.-Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase- por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 a los efectos estime pertinentes.-
|
|
|
|
|
Jorge Cabrera.-,Alcalde .-
Margarita Castro.- ,Concejala | |
| |