Resolución N° 106/21/5400
Nro de Expediente:
2021-1001-98-000721
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
2/7/2021


Tema:
CESION DE CREDITOS

Resumen:
Se aprueba la Cesión de Créditos en Garantía de la empresa GEMALOR SA, RUT 21 5148130012, a favor del BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA URUGUAY SA (BBVA), RUT 21 0196140013, según contrato de Cesión de Créditos en Garantía de fecha 27 de abril de 2021, con firmas certificadas en la misma fecha, respecto de los créditos derivados de la de la Licitación Abreviada N° 386476/1, de acuerdo a lo establecido en el Art. R.991, numerales 44.2 y 44.3 del Vol. VIII del Digesto Departamental.-

Montevideo, 2 de Julio de 2021.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la empresa GEMALOR SA, RUT 21 5148130012;
          RESULTANDO: 1o.) que se comunica que la citada empresa otorgó Cesión de Créditos en Garantía a favor del BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA URUGUAY SA (BBVA), RUT 21 0196140013, quien acepta los créditos que la primera tiene contra esta Intendencia, resultantes  de la de la Licitación Abreviada N° 386476/1,  según contrato de Cesión de Créditos en Garantía de fecha 27 de abril de 2021, con firmas certificadas en la misma fecha;
          2o.) que el Servicio de Escribanía eleva las presentes actuaciones a efectos de dictar resolución aceptando y notificándose de la cesión motivo de obrados, de acuerdo a lo establecido en el Art. R.991, numerales 44.2 y 44.3 del Vol. VIII del Digesto Departamental;
          3o.) que la División Asesoría Jurídica expresa su conformidad a lo solicitado;
          CONSIDERANDO: las facultades delegadas por las Resoluciones Nos. 4241/20 de 01/12/2020 y 571/20/1000 de 04/12/2020;
          EL DIRECTOR DE LA DIVISIÓN ASESORÍA JURÍDICA
          RESUELVE:
          1.- Aprobar la Cesión de Créditos en Garantía de la empresa GEMALOR SA, RUT 21 5148130012, a favor del BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA URUGUAY SA (BBVA), RUT 21 0196140013, según contrato de Cesión de Créditos en Garantía de fecha 27 de abril de 2021, con firmas certificadas en la misma fecha, respecto de los créditos derivados de la de la Licitación Abreviada N° 386476/1, de acuerdo a lo establecido en el Art. R.991, numerales 44.2 y 44.3 del Vol. VIII del Digesto Departamental.-
          2.- La notificación y aceptación de la cesión por la Intendencia no supone pronunciamiento de ésta sobre la existencia del crédito cedido, sino que en caso de corresponder su pago, será efectuado a la cesionaria y no a la cedente.-
          3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros y previa notificación a los interesados, pase a la Contaduría General a sus efectos.-

DR. ESC. ERNESTO BELTRAME, Director de la División Asesoría Jurídica.-