Resolución N° 90/16/5400
Nro de Expediente:
6402-000915-09
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
2/3/2016


Tema:
ACCIONES JUDICIALES

Resumen:
Encomendar al Servicio de Actividades Contenciosas, a promover las acciones judiciales de escrituración parcial del bien padrón matríz 187211.-

Montevideo, 2 de Marzo de 2016.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la expropiación parcial del bien padrón matriz 187211, efectuada por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas de acuerdo con los antecedentes obrantes en estas actuaciones;
          RESULTANDO: 1o.) que el 11/12/16, el Equipo Técnico Contencioso General señala que el avalúo administrativo efectuado por la administración está firme;
          2o.) que si bien los titulares del bien Sres. Silvana Sarubbi y Christian Sarubbi autorizaron a notificarse en estos obrados en su representación a la Dra. Ana Sorondo y la misma no aceptó el monto indemnizatorio, no luce en estos obrados carta poder o mandato que habilite a ejercer actos de disposición y/o a administración sobre el inmueble en la que conste expresamente la facultad de aceptar o rechazar una indemnización;
          3o.) que, además, los interesados recurrieron el acto administrativo No. 1440/2010 por el que se aprueba la tasación, no en lo que refiere a la cuantía de la indemnización sino por entender que el bien ya salió de su patrimonio al haber previamente sido expropiado por el citado Ministerio y que en consecuencia no debía seguirse el procedimiento de expropiación contra ellos en su calidad de herederos del Sr. Juan Sarubbi, siendo además que el bien no fue incluido en la sucesión de su padre;
          4o.) que tal como lo concluye el Tribunal de lo Contencioso Administrativo en la Sentencia 673/2014 se trata de dos expropiaciones que afectan parcelas diferentes;
          5o.) que según resulta a fs. 140 a 146 el Tribunal de los Contencioso Administrativo en fallo No. 673 de 2/12/14 desestimó la acción de nulidad impetrada por Silvina Sarubbi contra las resoluciones que denegaron los recursos interpuestos contra los actos originarios, siendo estos actos las Resoluciones Nos. 1400/2010, de 12/4/10 referida a este padrón y 1441/2010, de la misma fecha, que refiere al padrón No. 42866;
          6o.) que por lo expuesto se entiende correspondería propiciar el dictado de resolución que encomiende el inicio de juicio de escrituración parcial del referido bien;
          CONSIDERANDO: 1o.) que el 16/2/16, la Directora del Servicio de Actividades Contenciosas entiende pertinente el dictado de resolución que habilite a dicho Servicio a promover las acciones judiciales solicitadas;
          2o.) las facultades delegadas por Resolución No. 596/15/1000, de 23/7/15 del Sr. Secretario General;
          EL DIRECTOR DE LA DIVISIÓN ASESORÍA JURÍDICA
          RESUELVE:
          1.- Encomendar al Servicio de Actividades Contenciosas, a promover las acciones judiciales de escrituración parcial del bien padrón matríz 187211.-
          2. Pase al Servicio de Actividades Contenciosas, a sus efectos.-

DR. ESC. ERNESTO BELTRAME, Director de la División Asesoría Jurídica.-