Resolución N° 1081/14/5400
Nro de Expediente:
4740-066473-14
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
17/12/2014


Tema:
DENUNCIA PENAL

Resumen:
Se modifica la Resolución No. 1001/14/5400 de 17 de noviembre de 2014, en el Resultando 2o.) se suprime "conducía en estado de embriaguez" y "al practicarle examen de espirometría" debiendo decir "al practicarle examen de presencia de drogas, se comprobó la presencia de tetra hidro canabinol" y en el Considerando 1o.) debe decir "lo dispuesto por los artículos 361 y 365 del Código Penal", con relación al Sr. Eduardo Berni.-

Montevideo, 17 de Diciembre de 2014.-
 
          VISTO: la Resolución No. 1001/14/5400 de 17 de noviembre de 2014;
          RESULTANDO: 1o.) que por la citada Resolución se dispuso encomendar a la Unidad Sumarios la realización de denuncia ante el Juzgado de Faltas de Montevideo de los hechos referidos al examen de espirometría practicado al Sr. Edgardo Gabriel Berni Tiscornia, C.I. 5.128.855-6, el cual arrojó como resultado positivo el consumo de tetra hidro canabinol;
          2o.) que el 5/12/14, la Unidad Sumarios solicita modificar la citada Resolución en el Resultando 2o.) debe suprimirse "conducía en estado de embriaguez" y "al practicarle examen de espirometría" por no ser lo correcto, debiendo decir "al practicarle examen de presencia de drogas, se comprobó la presencia de tetra hidro canabinol" y en el Considerando 1o.) donde dice "lo dispuesto por el Art. 365 del Código Penal" debe decir "lo dispuesto por los artículos 361 y 365 del Código Penal";
          CONSIDERANDO: que procede proveer de conformidad;
          EL DIRECTOR DE LA DIVISIÓN ASESORIA JURIDICA
          RESUELVE:
          1. Modificar la Resolución No. 1001/14/5400 de 17 de noviembre de 2014, en el Resultando 2o.) se suprime "conducía en estado de embriaguez" y "al practicarle examen de espirometría" debiendo decir "al practicarle examen de presencia de drogas, se comprobó la presencia de tetra hidro canabinol" y en el Considerando 1o.) debe decir "lo dispuesto por los artículos 361 y 365 del Código Penal", manteniéndose los restantes términos.-
          2. Comuníquese al Departamento de Movilidad, a la División Tránsito y Transporte, al Servicio de Vigilancia y pase a la Unidad Sumarios a sus efectos.-

DR. ESC. ERNESTO BELTRAME, Director de la División Asesoría Jurídica.-