Resolución N° 98/22/5400
Nro de Expediente:
2021-1001-98-002192
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
30/3/2022


Tema:
CESION DE CREDITOS

Resumen:
Se aprueba la Cesión de Créditos de la empresa TPC SA a favor de la empresa NOATEL SA, según contrato de Cesión de Créditos de fecha 13 de diciembre de 2021, con firmas certificadas, respecto del "contrato para la venta de tiempo de estacionamiento tarifado", licitación pública No. 325/2009 adjudicada mediante Resolución No. 1567/13.-

Montevideo, 30 de Marzo de 2022.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la empresa TPC SA, RUT 214983730019;
          RESULTANDO: 1o.) que la citada empresa otorgó Cesión de Créditos a favor de la empresa NOATEL SA, RUT 218395990012, según contrato de Cesión de Créditos de fecha 13 de diciembre de 2021, con firmas certificadas en la misma fecha, respecto del "contrato para la venta de tiempo de estacionamiento tarifado", licitación pública No. 325/2009 adjudicada mediante Resolución No. 1567/13;
          2o.) que el Servicio de Escribanía eleva las presentes actuaciones a efectos de dictar resolución aceptando y notificándose de la cesión motivo de obrados, de acuerdo a lo establecido en el Art. R.991, numerales 44.2 y 44.3 del Vol. VIII del Digesto Departamental;
          3o.) que la División Asesoría Jurídica expresa su conformidad a lo solicitado;
          CONSIDERANDO: las facultades delegadas
          por las Resoluciones Nos. 4241/20 de 01/12/2020 y 571/20/1000 de 04/12/2020;
          EL DIRECTOR DE LA DIVISIÓN ASESORÍA JURÍDICA
          RESUELVE:
          1.- Aprobar la Cesión de Créditos de la empresa TPC SA, RUT 214983730019 a favor de la empresa NOATEL SA, RUT 218395990012, según contrato de Cesión de Créditos de fecha 13 de diciembre de 2021, con firmas certificadas en la misma fecha, respecto del "contrato para la venta de tiempo de estacionamiento tarifado", licitación pública No. 325/2009 adjudicada mediante Resolución No. 1567/13, de acuerdo a lo establecido en el Art. R.991, numerales 44.2 y 44.3 del Vol. VIII del Digesto Departamental.-
          2.- La notificación y aceptación de la cesión por la Intendencia no supone pronunciamiento de ésta sobre la existencia del crédito cedido, sino que en caso de corresponder su pago, será efectuado a la cesionaria y no a la cedente.-
          3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros y previa notificación a los interesados, pase a la Contaduría General a sus efectos.-

DR. ALVARO RICHINO, Director (I.) de la División Asesoría Jurídica.-