Resolución N° 2456/12
Nro de Expediente:
5100-000799-12
 
GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
11/6/2012


Tema:
REGLAMENTACION

Resumen:
Se reglamenta el Artículo 2º del Decreto Departamental Nº 33.621, de 10 de diciembre de 2010.-

Montevideo, 11 de Junio de 2012.-
 
        VISTO: lo dispuesto por el Decreto Nº 33.621, de 10 de diciembre de 2010, promulgado por Resolución Nº 5715/10 de 13 de diciembre de 2010;
        RESULTANDO: 1º.) que por el mismo se unificaron los Sub-Escalafones Administrativo y Analista Administrativo en un único Sub-Escalafón Administrativo A3, dentro del Escalafón Administrativo de la Intendencia de Montevideo, el que estará integrado por una única carrera denominada Administrativo 2301;
        2º.) que por el Artículo 2º de dicho Decreto se dispuso que los funcionarios provenientes del ex Sub-Escalafón Analista tendrán un mérito especial en el capítulo de méritos, en la forma que establezca la reglamentación, para ascensos en la nueva carrera, a los efectos de respetar la carrera administrativa de los funcionarios de los actuales Sub-Escalafones y los derechos adquiridos por cada uno de ellos;
        CONSIDERANDO: 1º.) que corresponde reglamentar dicha disposición a los efectos de su aplicación efectiva;
        2º.) que la División Administración de Personal y la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales promueven el dictado de resolución en tal sentido;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.-Establecer que los funcionarios del Sub-Escalafón Administrativo A3, provenientes del ex Sub-Escalafón Analista, para los ascensos en esta nueva carrera tendrán un mérito especial en el capítulo de méritos, a los efectos de respetar su carrera administrativa y los derechos adquiridos por cada uno de ellos de acuerdo al Artículo 2º del Decreto Departamental Nº 33.621, de 10 de diciembre de 2010.-
        2º.-A los efectos dispuestos en el artículo anterior, en todo concurso interno de ascenso en la Carrera 2301-Administrativo del Sub-Escalafón A3, en que participen funcionarios provenientes del ex Sub-Escalafón A2 - Analista Administrativo, ex Carrera 2201 - Analista Administrativo, éstos tendrán 5 (cinco) puntos adicionales sobre el puntaje que obtengan en el Sub - Factor "Cargos ocupados en la Intendencia, formas de acceso y avance en la carrera funcional", dentro del Factor "Méritos", hasta un máximo de 30 (treinta) puntos, y en este caso será de hasta 25 (veinticinco) puntos el máximo para los restantes concursantes, de acuerdo a la siguiente tabla que deberá constar en las bases de cada llamado en que se den estas circunstancias:
        Concursos de ascenso para cargos en Sub-Escalafón A3
          Factores
          Puntos hasta
        2.1- Cargos ocupados en la IM, formas de acceso y avance en la carrera funcional.
          Ex Analista + 5 puntos adicionales hasta 30
          Otros hasta 25

        Si finalizado el concurso de oposición y méritos hubiere empate, preferirá el funcionario proveniente del ex -Sub-Escalafón A2 - Analista Administrativo.
        3º.-Incorpórase lo precedentemente resuelto al Reglamento de Concursos dentro del componente de los méritos, como numerales 4.2 y 4.3 del Art. R. 245 del Volumen III del Digesto.-
        4º.-Comuníquese a la Secretaría General, a fin de cursar nota a la Junta Departamental de Montevideo; a todos los Departamentos, quienes comunicarán a sus respectivas dependencias; a la Contaduría General; a la División Asesoría Jurídica, a los Servicios de Planeamiento y Desarrollo de Gestión Humana y Administración de Gestión Humana, a la Unidad de Selección y Carrera Funcional, cumplido, pase a


        la División Administración de Personal, a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-