Resolución N° 182/13/6300
Nro de Expediente:
6302-004260-12
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
11/9/2013


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de U.R. 4 al Sr. Aquiles Postiglione, C.I. No. 1.191.650-9, domiciliado en la calle Joanicó No. 3673.

Montevideo, 11 de Setiembre de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental, referidas a una denuncia realizada al Sr. Aquiles Postiglione, domiciliado en la calle Joanicó No. 3673, dentro de los límites del Municipio D, perteneciente al Servicio Centro Comunal Zonal No. 11, por depositar restos de poda en un contenedor;
        RESULTANDO: 1o.) que según lo expuesto a fojas 1 (registro fotográfico) y 2, el vecino de referencia corta y arroja podas en el contenedor allí ubicado;
        2o.) que con fecha 13 de marzo de 2013, se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Art. R.69 del Volumen II del Digesto, otorgándose la vista correspondiente a la/s persona/s del mencionado domicilio;
        3o.) que con fecha 14 de marzo del corriente el hijo del denunciado presentó los descargos correspondientes, los cuales no son de recibo;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por lo antes expuesto, la Asesoría Jurídica del Departamento de Desarrollo Ambiental sugiere la aplicación de una multa de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro) por haber infringido el numeral 27 del Art. 4 Literal B de del Decreto No. 21.626, de fecha 11 de abril de 1984 (Régimen Punitivo), de acuerdo a la actualización realizada por la Resolución No. 2287/13 del 3 de junio de 2013;
        2o.) que según Resolución No. 3092/10, de fecha 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la facultad de aplicar

        multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Aplicar una multa de U.R. 4 (Unidades Reajustables cuatro) al Sr. Aquiles Postiglione, C.I. No. 1.191.650-9, domiciliado en la calle Joanicó 3673, por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        2o.-Comuníquese al Municipio D, a los Servicios Centro Comunal Zonal No. 11 y Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Sector Despacho para la notificación del infractor, a quien se le hará saber en dicho acto, que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a partir de la notificación, para el pago de la sanción impuesta, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se ejecutará el cobro mediante acción judicial.

Juan Canessa, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental..-