Resolución N° 144/15/6300
Nro de Expediente:
9079-014253-14
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
15/6/2015


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 20 a la empresa Santiago VIBEL, Javier PAOLILLO y Otros, Sociedad de Hecho, RUT No. 217418330015.

Montevideo, 15 de Junio de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el bar "Finisterre" cuyo titular es la firma Santiago VIBEL, Javier PAOLILLO y Otros, Sociedad de Hecho, RUT No. 217418330015, con domicilio en la calle José Enrique Rodó No. 1799, dentro de los límites del Municipio B, correspondiente al Servicio Centro Comunal Zonal No. 2;
        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución Interna No. 06/2015 de fecha 11 de mayo de 2015, el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas aplicó una multa de UR 10 (unidades reajustables diez) a la mencionada empresa, por haber constatado valores sonoros superiores a los admisibles;
        2o.) que con fecha 24 de mayo del corriente, el Servicio actuante vuelve a inspeccionar el local y constata la infracción a las normas departamentales de protección acústica (Decretos Nos. 16.081 de fecha 10 de octubre de 1973 y 17.918 de fecha 7 de octubre de 1976);
        CONSIDERANDO: 1o.) que se cumplió con lo establecido en el Art. R.69, volumen II del Digesto, otorgándose vista a la empresa involucrada, que presentó los descargos correspondientes, no siendo considerados de recibo;
        2o.) que por lo expuesto, dicho Servicio sugiere la aplicación de una multa de UR 20 (unidades reajustables veinte), al amparo del Art. 27o. del Decreto No. 16.081;
        3o.) que según Resolución No. 3092/10, de fecha 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la facultad de aplicar

        multas hasta un monto de 55 UR;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Aplicar una multa de UR 20 (unidades reajustables veinte) a la empresa Santiago VIBEL, Javier PAOLILLO y Otros, Sociedad de Hecho, RUT No. 217418330015, con domicilio en la calle José Enrique Rodó No. 1799, por infringir los Decretos Nos. 16.081 y 17.918 (ruidos molestos), en el local destinado a bar "Finisterre."
        2o.-Comuníquese al Municipio B, al Servicio de Gestión de Contribuyentes; cumplido, pase al Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas para la notificación de la firma infractora, a la que se le hará saber en dicho acto, que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a partir de la notificación, para el pago de la sanción impuesta, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se ejecutará el cobro mediante acción judicial.

Juan Canessa, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental..-